Obligatoriedad de las Instituciones financieras a informar al SII sobre saldos y abonos de cuentas corrientes.
Obligatoriedad de las Instituciones financieras a informar al SII sobre saldos y abonos de cuentas corrientes.
El 30 de junio del 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.453, la cual introduce modificaciones al Código Tributario, obligando a los bancos y otras entidades financieras entreguen información detallada sobre los saldos y sumas de abonos en cuentas financieras al Servicio de Impuestos Internos (SII), permitiendo un mayor control tributario y una prevención más efectiva de la evasión fiscal.
Las instituciones obligadas a informar son:
1. Bancos y las cooperativas de Ahorro y Crédito sujeto a la fiscalización y supervisión de la comisión para el Mercado Financiero.
2. Cooperativas de Ahorro y Crédito fiscalizadas por el Ministerio de economía, fomento y turismo.
3. Compañías de seguro y las entidades privadas de depósito y custodia de valores
4. No están permitidas las instituciones financieras que provengan del extranjero.
La idea central de esta iniciativa es proporcionar al SII acceso a información precisa y actualizada sobre los movimientos financieros de los contribuyentes. De esta manera, se busca fortalecer la fiscalización y asegurar un cumplimiento tributario más riguroso.
Los productos e instrumentos a reportar son los siguientes:
• Cuentas corrientes bancarias, depósitos a plazo, depósitos a la vista o vales vista, cuentas a la vista, cuentas de ahorro a plazo, cuentas de ahorro a la vista, cuentas de ahorro a plazo para la vivienda, cuentas de ahorro a plazo con giros diferidos, y cuentas de ahorro a plazo para la Educación Superior reguladas por el Banco Central de Chile.
• Cuentas de custodia reguladas en la ley N° 18.876, que establece el marco legal para la constitución y operación de entidades privadas de depósito y custodia de valores.
• Contratos de seguros con cuenta de inversión o ahorro, o valor de rescate, o que garanticen un capital al término de un plazo, además de contratos de rentas privadas, ya sean vitalicias o temporales.
La implementación de esta obligación tributaria representa un cambio significativo para las instituciones financieras y sus clientes. Para los contribuyentes, es fundamental estar informados para cumplir con las nuevas disposiciones legales. Es aconsejable que nuestros clientes se mantengan en contacto con sus ejecutivos tributarios y se informen adecuadamente sobre cómo esta medida podría afectar sus operaciones y reportes tributarios.
Otras noticias que te pueden interesar

Importancia de los gastos generales en la gestión de una empresa
Los gastos generales juegan un papel crucial para garantizar que todo opere de manera fluida, aunque no generen ingresos directos. Aprenda qué son, cómo identificarlos…

Gasto deducible de impuestos asociado a vehículos
Invitamos a leer esta nota donde exploramos en detalle qué vehículos pueden considerarse un gasto deducible para su empresa y qué requisitos debe cumplir para…

Gastos por arriendos de propiedades para la actividad de mi empresa
Al arrendar una propiedad para fines comerciales, las empresas tienen la oportunidad de optimizar sus impuestos. Conocer qué gastos son deducibles y cómo informarlos correctamente…


Encuéntranos
Encuéntranos