¿Cómo validar los gastos de arriendo de propiedad por la actividad de mi empresa?
Gastos por arriendo de propiedades
Consultas médicas, laboratorios y oficinas
¿Qué es un gasto por arriendo?
Cuando una empresa arrienda una propiedad para su actividad comercial, como consultas médicas en clínicas, oficinas o laboratorios, puede deducir del impuesto a la renta varios gastos asociados al arriendo, siempre que estos sean necesarios para la generación de ingresos.
Algunos ejemplos de estos gastos incluyen:
Valor del arriendo
El monto del arriendo pagado mensualmente se considera un gasto deducible.
Gastos comunes
Los gastos comunes también pueden deducirse, siempre que estén directamente relacionados con la operación de la empresa.
Gastos de mantención, reparaciones y mejoras
Estos pueden deducirse siempre que no representen una mejora que aumente el valor de la propiedad de forma sustancial.
¿Qué necesito para respaldar este gasto?
Tanto para personas como para empresas, los documentos para respaldar este gasto serían boletas, facturas y contratos. Esto garantiza que el gasto esté respaldado en caso de fiscalización.
¿Puedo realizar mejoras a una propiedad arrendada?
Muchos arrendatarios realizan desembolsos para habilitar o acondicionar inmuebles arrendados sin derecho a reembolso, según el contrato de arriendo.
Desde el punto de vista tributario, el tratamiento de estos gastos depende de su naturaleza, según las directrices del Servicio de Impuestos Internos (SII) en la Circular N° 53 de 1978.
El SII clasifica estos desembolsos en tres categorías para definir su tratamiento fiscal:
1 – Reparaciones locativas: gastos necesarios para mantener el inmueble en condiciones adecuadas, sin incrementar su valor.
2 – Reparaciones o mejoras necesarias: erogaciones que son esenciales para el funcionamiento del inmueble sin aumentar su valor.
3 – Mejoras útiles: inversiones que mejoran el inmueble y aumentan su valor.
Conoce por qué debemos informar los arriendos
El 31 de agosto de 2023, el Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió la Resolución Exenta N°98, que establece la obligación de presentar una declaración anual de bienes raíces arrendados mediante el formulario N°1835. Esta resolución reemplaza normativas anteriores y exige que arrendatarios, corredores de propiedades, inversionistas, empresas, entidades públicas y organizaciones sin fines de lucro reporten los pagos de arriendo realizados, incluyendo la identificación de los arrendadores y los detalles del inmueble.
Anteriormente, solo se debían declarar las propiedades con un valor máximo de 30 millones de pesos, pero ahora todas deben reportarse, independientemente del valor del avalúo fiscal. La declaración es anual y debe realizarse antes del 25 de marzo.
Cumplir con las obligaciones fiscales y conocer las reglas para deducir gastos por arriendos es fundamental para cualquier empresa. Documentar adecuadamente estos gastos y estar al tanto de las normativas del SII puede evitar problemas en futuras fiscalizaciones y maximizar los beneficios tributarios. Mantente informado y asegúrate de seguir las directrices establecidas para aprovechar al máximo las deducciones permitidas.
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